Justicia
El principio de justicia en la práctica médica se refiere al compromiso de otorgar a cada persona lo que le corresponde, ya sea según el derecho o la razón:
Participación en la conservación y recuperación de la salud: En cumplimiento del derecho constitucional a la salud, es responsabilidad del médico participar en la conservación y recuperación de la salud de los pacientes.
Abstención de actos médicos considerados delitos: El médico debe abstenerse de participar en actos médicos que sean considerados como delitos, como la eutanasia, el aborto o la expedición de certificados falsos.
Responsabilidad de informar sobre faltas éticas: El médico tiene la responsabilidad de informar a las autoridades y al Comité de Ética sobre las faltas de honestidad, violaciones a los principios éticos y mala práctica por parte de sus compañeros. Esto debe hacerse con elementos objetivos y después de haberlo comunicado previamente a la persona involucrada. La falta de denuncia lo convierte en corresponsable.
No abandono del paciente: No se justifica bajo ninguna circunstancia el abandono del paciente por parte del médico, especialmente en etapas finales de su vida y en el momento de su muerte. Si el médico no puede continuar su atención, debe asegurarse de que el paciente quede a cargo de otro médico.
Atención adecuada a las necesidades del paciente: El médico tiene la obligación de proporcionar a cada paciente la atención necesaria para satisfacer sus necesidades de salud y expectativas, siguiendo los preceptos de una buena práctica médica, respetando los derechos y las leyes vigentes, sin restricciones ni limitaciones, dentro de su nivel de competencia.
Atención basada en conocimientos y habilidades certificadas: La atención médica debe basarse en los conocimientos médicos vigentes y en las habilidades necesarias, debidamente certificadas por las autoridades competentes.
Protección del medio ambiente: Es obligación del médico evitar cualquier acción que pueda afectar negativamente el medio ambiente en el desempeño de sus funciones.
Emisión del certificado de defunción: El médico tiene la obligación de otorgar el certificado de defunción de los pacientes que hayan fallecido bajo su cuidado o el de su equipo.
Notificación de lesiones o daños a la salud: Es deber del médico notificar al Ministerio Público cuando durante la atención de un paciente se perciban lesiones o daños a la salud que puedan haber sido causados intencional o accidentalmente.
Estos aspectos reflejan el compromiso del médico de actuar con justicia en su práctica profesional, respetando los derechos de los pacientes, cumpliendo con las normas legales y éticas, y asumiendo la responsabilidad de reportar cualquier irregularidad o situación que pueda afectar la salud y el bienestar de las personas.